Regular los establecimientos turísticos alojativos de pequeña dimensión a ubicar en el suelo rústico integrado por los terrenos que el planeamiento tenga clasificado como tal
En publicación para alegaciones
1. La incorporación del suelo rústico al desarrollo económico y social, mediante su utilización como soporte de la actividad turística a través de la tipología alojativa de turismo rural de nueva planta, villas y apartamentos. 2.Aumentar el número de plazas alojativas que se ofertan en la isla y contribuir a mejorar la calidad de la oferta alojativa. 3. Poner en valor el paisaje y el espacio agrícola, de manera que el medio rural sea receptor de una actividad económica que complemente la renta preexistente. 4. La integración de las actuaciones edificatorias en el paisaje, mediante la adopción de las tipologías más adecuadas al entorno.