Derechos Sociales, Bienestar Social y Dignidad Personal
Área de Derechos Sociales, Bienestar Social y Dignidad Personal
Amado Carballo Quintero
Las aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada con fecha 1 de octubre de 2018 (modificadas por acuerdo de Pleno de fecha 2 de noviembre de 2020); abarcando la presente delegación la facultad de dirección interna y gestión del servicio que se identifica con el ámbito funcional del área, y las facultades propias asignadas a cada área, sin que dicha relación tenga carácter exclusivo. La presente delegación estará bajo la coordinación superior, dirección y control de la Presidencia. Las delegaciones indicadas en el apartado primero de la presente resolución comprenderá, respecto a los servicios que se corresponden con el ámbito funcional de las Áreas asignadas, las facultades que se indican a continuación, no siendo extensivas a la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros: • Dirección inmediata. • La jefatura del personal de Área, y las propias de la organización administrativa y recursos humanos. • Ejercer la iniciativa, impulso, coordinación y dirección de todas las materias que comprendan la delegación. • Someter al Pleno y al Consejo de Gobierno Insular las propuestas y proyectos que deba presentar en la materia que le competa al/la consejero/a delegado/a. • Proponer a la Presidencia de las Comisiones Informativas las propuestas y proyectos que deba presentar en la materia que le competa al/la consejero/a delegado/a. • En materia de gestión del gasto, se estará a lo regulado en las Bases de Ejecución del Presupuesto, con las adaptaciones necesarias para llevar a cabo las presentes delega-ciones. • El control de los gastos ordinarios derivado del funcionamiento de las Áreas. • Mantenimiento y Conservación de los inmuebles y el parque móvil asignados al Área. • Desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado. • Elevar la propuesta a la Presidencia sobre la resolución de discrepancias en relación con los reparos formulados por el órgano interventor que afecten a las políticas de gasto sobre las materias que comprendan la delegación. • Supervisión de la elaboración de las resoluciones, con carácter previo a la rúbrica por la Presidencia, de los expedientes que fundamenta su elaboración.