Vicepresidenta. Personal titular: Ana González González
Edificio principal del Cabildo Insular de El Hierro C/ Doctor Quintero Magdaleno, 11 38900 Valverde
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Las establecidas en el artículo 59 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildo Insulares:
- Los vicepresidentes sustituyen al presidente, siguiendo en su caso el orden que les atribuya su nombramiento, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
- Corresponden a los vicepresidentes las funciones que les asigne el reglamento orgánico o las que les delegue el presidente.
El artículo 25, del Reglamento Orgánico del Cabildo de El Hierro (B.O.P. de S/C de Tenerife, n.º 1, del lunes 2 de enero de 2017:
- Los/as Vicepresidentes/as sustituirán a la presidencia, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones. En los supuestos de sustitución de la Presidencia, como norma general, se realizará por decreto de la Presidencia y, siempre que sea posible, por el orden que le atribuya su nombramiento. La Vicepresidencia que asuma las funciones de la Presidencia no podrá revocar las delegaciones que esta hubiese otorgado.
- Ostentan las funciones que le delegue la Presidencia, inclusive la titularidad de una o varias áreas del Cabildo y, en todo caso, la asistencia y asesoramiento a la Presidencia en todos aquellos asuntos en que esta le requiera, arbitrándose para ello la fórmula que estime más oportuna; así como las funciones de coordinación y superior dirección y control de las distintas áreas, siempre de común acuerdo con la Presidencia, quien decide en última instancia.