Preguntas frecuentes y aclaraciones relativas al contenido de los contratos.
Las preguntas frecuentes y aclaraciones relativas al contenido de los contratos pueden consultarse (en caso de que se produzcan) en cada expediente en el apartado Licitaciones del perfil del contratante.
Podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas
Para que la prorroga sea obligatoria para el empresario es necesario que se haya producido el preaviso 2 meses antes de la finalización del plazo de duración del contrato. Quedando excluidos de esta obligación lo contratos con duración inferior a 2 meses
Los requisitos mínimos de solvencia que se deban reunir así como la documentación requerida se indica en el anuncio de licitación y en el pliego del contrato.
Además de las causas generales por la Ley:
- Demora injustificada en la comprobación del replanteo.
- Suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a 4 meses.
- Suspensión de las obras por plazo superior a 8 meses por parte de la Administración.
- Desestimiento.
1. En efectivo o en valores (Deuda Pública).
2. Mediante aval.
3. Mediante contrato de seguro de caución.